Familias

Información sobre la Beca General para estudios post-obligatorios en el curso 2024/25

Actualmente está abierta la convocatoria para la Beca General del Ministerio de Educación (también conocida como «Beca MEC»). Como ocurrió el año pasado, la solicitud de esta beca se hace en dos pasos: uno ahora (entre el 19 de marzo y el 10 y de mayo) y otro al inicio del curso próximo (previsiblemente en septiembre).

Incluimos a continuación enlaces y datos que pueden ayudarnos a solicitarla:

DESCRIPCIÓN: La Beca General del Ministerio de Educación la pueden pedir alumnos y alumnas de estudios post-obligatorios como Bachillerato, estudios de Formación Profesional (incluidos los ciclos básicos), o enseñanzas de régimen especial. Tiene algunos requisitos académicos (haber superado algunos estudios) y otros económicos (no superar determinado nivel de renta).

PLAZO DE PRESENTACIÓN: Consta de dos fases. La primera es ahora, del 19 de marzo al 15 de mayo, y la segunda será en septiembre. En esta primera fase rellenaremos la beca con nuestros datos e indicando dónde creemos que estará estudiando el alumno o alumna el curso próximo. Más tarde, en septiembre, habrá que confirmar la solicitud con los datos ya actualizados.

ALGUNOS ASPECTOS A TENER EN CUENTA:

  • La beca se rellena en la Sede Electrónica del Ministerio de Educación. Si no contamos con certificado digital, antes de rellenarla tendremos que darnos de alta en dicha Sede Electrónica. Una vez lo hagamos, contaremos con un usuario y contraseña con el que ya sí podremos rellenar la solicitud. Recomendamos anotar esos datos y guardarlos en un lugar seguro, ya que tendremos que utilizarlos en el futuro para el resto de trámites relacionados con la beca.
  • En la solicitud hay que indicar una cuenta corriente donde queremos que se ingrese el dinero de la beca. Esa cuenta debe incluir como titular o co-titular al alumno o alumna.
  • EL correo electrónico y teléfono que indiquemos deben ser aquellos que usemos con asiduidad, ya que este es el medio habitual por el que se pondrán en contacto con nosotros.
  • Las ayudas al estudio suponen un compromiso del estudiante. Esto significa que pueden exigirnos que devolvamos la cuantía de la beca en algunos supuestos: a) Si el estudiante se da de baja de los estudios o los abandona en el primer curso; b) Si el estudiante no asiste a clase con regularidad; c) Si no se aprueban la mitad de las asignaturas.

ENLACES DE INTERÉS:

Dejar una respuesta